viernes, 28 de diciembre de 2012

FELIZ AÑO COMPAÑEROS !!!

En el ya clásico brindis de fin de año, junto al compañero Genaro Trovato e integrantes de la Mesa Directiva, delegados y activistas de la Agrupación Azul y Blanca - Zona Centro








martes, 25 de diciembre de 2012

BUENAS NOTICIAS: ADELANTO PARITARIAS 2013

Compañeros, acá les dejamos las actas 23 y 24/12, firmadas recientemente por la Mesa Directiva de Sutecba y el Ejecutivo porteño. Entre muchos otros temas, se prevé que el 11 de enero próximo se depositarán 500 pesos no remunerativos a modo de anticipo de la Paritaria 2013




lunes, 24 de diciembre de 2012

FELICIDADES!


Que pasen una muy Feliz Nochebuena y una hermosa Navidad junto a sus familias y seres queridos

Es el deseo del Cuerpo de Delegados de Museos del GCBA
SUTECBA
Agrupación Azul y Blanca
Zona Centro


miércoles, 28 de noviembre de 2012

OTRO TRIUNFO DE LA AZUL Y BLANCA

La Delegación Gremial de Museos felicita a los compañeros delegados de nuestra querida Agrupación Azul y Blanca que hoy triunfaron en las elecciones de la Administracion del Edificio del Plata.

lunes, 19 de noviembre de 2012

MARTES 20 DE NOVIEMBRE - PARO NACIONAL


El Consejo Directivo de SUTECBA adhiere al Paro Nacional decretado por la CGT, el cual se llevará a cabo sin concurrencia a los lugares de trabajo, manteniendo, como es de rigor, la atención de los servicios de guardia y emergencia del Gobierno de la Ciudad.

Dicha medida obedece a la necesidad de reafirmar los legítimos reclamos que, sistemáticamente, viene realizando el Movimiento Obrero Argentino y que aún no ha recibido ningún tipo de solución por parte de los órganos competentes del gobierno, a saber:

1) Eliminación del impuesto a las ganancias, que actualmente recae sobre los salarios mediante los topes fijados por el mínimo no imponible.

2) Universalización de las asignaciones familiares que hoy se abonan de manera absolutamente discriminatoria.

3) Aplicación del 82% móvil en los beneficios jubilatorios.

4) Pago de la deuda a las obras sociales.

5) Blanqueo del trabajo informal y abolición de los contratos precarios, que privan de estabilidad y cobertura médica y previsional a un número considerable de trabajadores. 

Los principios básicos de la justicia social, inspirados en el comcepto del bien común, exigen que estos derechos en beneficio del pueblo trabajador sean debidamente satisfechos a la brevedad.

Por un gremio unido, fuerte y solidario
Por una sociedad justa y equitativa
Por la grandeza nacional


viernes, 9 de noviembre de 2012

TEMPORADA ALTA 2013 - HOTELERÍA PROPIA




MAR DEL PLATA
RESIDENCIA MARÍTIMA
Media Pensión

Afiliado mayor: $220
Afiliado menor: $132
Invitado mayor: $270
Invitado menor: $162



MINA CLAVERO
RESIDENCIA SERRANA DE MINA CLAVERO
Pensión Completa

Afiliado mayor: $240
Afiliado menor: $144
Invitado mayor: $290
Invitado menor: $174


 SALSIPUEDES
RESIDENCIA SERRANA DE SALSIPUEDES
Pensión Completa

Afiliado mayor: $190
Afiliado menor: $114
Invitado mayor: $240
Invitado menor: $144

CONTINGENTES 2013

ENERO
2 al 11
12 al 21
22 al 31

FEBRERO
1 al 10
11 al 20
21 al 2 de marzo

MARZO
3 al 12
13 al 22
23 al 2 de abril

Desde el 1º hasta el 15 de diciembre continúan en vigencia las tarifas publicadas a la fecha

FECHAS DE INCSRIPCIÓN

ZONA SERRANA (de enero al 22 de marzo): 9 de noviembre

ZONA MARÍTIMA: (de enero al 22 de marzo): 13 y 14 de noviembre

23 de marzo al 22 de abril (11 días o Semana Santa y Día del Veterano y de los Caídos en Malvinas 28/03 al 02/04): a partir del  6 de febrero

FORMAS DE PAGO

Contado: tarifa estipulada

Financiado: por recibo de haberes

Anticipo 30% en efectivo y 03 cuotas con el 5% de recargo sobre el saldo
Anticipo 30% en efectivo y 05 cuotas con el 8% de recargo sobre el saldo
Anticipo 30% en efectivo y 08 cuotas con el 5% de recargo sobre el saldo

Tarjetas de crédito: se aplicará el coeficiente que estipule la tarjeta en 3 o 6 cuotas

Tarjeta de débito: tarifa estipulada

jueves, 8 de noviembre de 2012

FELIZ DÍA, COMPAÑEROS!


A los trabajadores y trabajadoras de los Museos porteños y a los compañeros y compañeras Municipales de Capital en general, nuestro más afectuoso saludo en éste, su día, nuestro día.

Un fuerte abrazo a todos!

Delegación Gremial Museos
Zona Centro
Agrupación Azul y Blanca
SUTECBA


martes, 30 de octubre de 2012

AYUDA SOLIDARIA PARA LAS VÍCTIMAS DE LAS INUNDACIONES EN EL CONURBANO


Los compañeros de Encuentro Joven están trabajando en la recolección de materiales, alimentos y otros artículos de primera necesidad para aquellos que sufrieron grandes pérdidas a raíz de la última inundación, particularmente en el Partido de La Matanza, el distrito más afectado por la catástrofe.

Quienes puedan aportar algo, deben contactarse a través del correo electrónico encuentrojoven.zc@gmail.com

Una vez recibido el mail, los compañeros se pondrán en contacto con ustedes.


Muchas gracias

jueves, 13 de septiembre de 2012

CENTRALIZACIÓN DE CONSULTAS SOBRE SALUD

A todos los compañeros de la Delegación de Museos queremos informales que la compañera Noemí Orussa, delegada gremial del Museo Saavedra, centralizará las consultas y demandas relacionadas con el tema Salud, como por caso la agilización en la solicitud de turnos en el Sanatorio Méndez y todo lo vinculado con nuestra obra social.

La derivación de consultas y pedidos pueden hacerla directamente al correo electrónico de la compañera: ino7249@yahoo.com.ar




miércoles, 12 de septiembre de 2012

SEGURO DE VIDA COLECTIVO


Vigente a partir del 1/12/11

SUJETOS ASEGURABLES

Se consideran cubiertos todos los agents del contratante que a la fecha de inicio de la vigencia del contrato estén en servicio activo (concurrencia normal al empleo)


COBERTURA

COBERTURA PARA TITULARES
- COBERTURA BÁSICA: seguro

- Fallecimiento por cualquier causa las 24 horas

- COBERTURA ADICIONALES

- Cláusula adicional de Incapacidad Física Total, Permanente e Irreversible Taxativa.
- Cláusula adicional por Muerte y Pérdida Anatómica y/o Funcionales por Accidente (Doble Indemnización)
- Anticipo del 50% de la suma asegurada por enfermedades terminales

* La Compañía concederá el beneficio cuando el Asegurado haya sido diagnosticado como enfermedad
* Capital asegurado máximo: $ 125.000 (pesos ciento veinticinco mil)

- Hijo Póstumo: se considerará el beneficio cuando la cónyuge o conviviente del asegurado titular dé a luz dentro de los 300 días de producido el fallecimiento de éste, mientras que el asegurado no exceda los 65 años de edad

* El capital asegurado será equivalente al 100% de la suma asegurada de fallecimiento 

- VIGENCIA COBERTURAS ADICIONALES

Las coberturas adicionales serán otorgadas hasta que el Asegurado cumpla 65 años de edad; continuando asegurado únicamente por el riesgo de uerte establecido en la cobertura básica


CAPITALES ASEGURADOS / SUMAS ASEGURADAS

COBERTURA DE VIDA COLECTIVA:

- CAPITAL ASEGURADO: múltiplo de 5 sueldos con un tope máximo de $ 125.000 (pesos ciento veinticinco mil)

- TOPE POR EDAD: desde el momento en que el Asegurado cumpla 65 años, dicho capital se reducirá en un 50% con un máximo de capital asegurado de $ 65.000 (pesos sesenta y cinco mil)

LÍMITE DE EDADES: edad máxima de permanencia en la póliza: hasta 69 años inclusive

BENEFICIARIOS

BENEFICIARIOS-DESIGNACIÓN

- Los beneficiarios serán desginados por el Asegurado. Dicha designación de beneficiarios deberá realizarse mediante la encuesta confeccionada por los agentes asegurados. Dicha encuesta estará coordinada por la Dirección General de Seguros del Ministerio de Hacienda

CONTACTO

DIRECCIÓN GENERAL DE SEGUROS
Dirección: MAIPÚ 169, 1º PISO
Teléfono: 4320-9100, interno 9450
Sra Marisa Golup



martes, 4 de septiembre de 2012

ESCUELA SUPERIOR DE FORMACIÓN POLÍTICA, LABORAL Y SINDICAL - APERTURA DEL CICLO



“Vamos a darles armas a esos dirigentes para que sean más capaces en todas las ocasiones, vamos a cultivar esa materia gris, sin la cual la vida no tiene norte ni timón… las organizaciones firmes y bien organizadas, unidas y solidarias, resisten la acción de cualquiera de esos microbios o gérmenes patógenos que se pueden introducir en ellas. Cuando la organización no es real ni es buena, cede. Esto es lo que pasa cuando uno está débil: ingresa un microbio y afloja”
Juan Domingo Perón


El viernes 14 de septiembre incia un nuevo ciclo de la Escuela Superior de Formación Política, Laboral y Sindical de SUTECBA  La cita es a las 10.30 horas en el Salón Principal de nuestra organización sindical, Pedro Goyena 1558. Para poder participar es necesario estar inscripto/a en la planilla provista por SUTECBA.

martes, 7 de agosto de 2012

UNA FUNCIÓN DE LUJO ANTICIPANDO EL DÍA DEL NIÑO

El domingo 5 de agosto anticipamos los festejos del Día del Niño: la gran familia municipal pudo disfrutar a pleno en el Teatro Colón de una "función privada" de "La Bella Durmiente del Bosque", la consagrada pieza para ballet de Tchaikovski, con interpretación de la bailarina Karina González y elenco estable del Colón, y con la Orquesta Filarmónica de Buenos Aires. En una tarde para el recuerdo organizada por SUTECBA, todos los chicos se llevaron juguetes y otros importantes regalos, además de golosinas. Dos compañeras de nuestra delegación, Marcela Gómez y Rosa Marabotto, fueron las encargadas de darles la bienvenida a los concurrentes.


Las compañeras Marcela Gómez y Rosa Marabotto, delegadas del Museo Perlotti, personificaron a Francesca de Rimini y a una Princesa Rusa, respectivamente, utilizando trajes originales de la casa, y oficiaron de anfitrionas de los chicos y sus familias


 La compañera Marcela reparte golosinas a los chicos asistentes


La compañera Rosa hace lo propio en otro sector de la entrada


Marcela, Rosita y Christian


Desde temprano, los compañeros municipales fueron colmando las instalaciones del teatro junto a sus familias


Los palcos, también a full


"La bella durmiente del bosque", por el Ballet Estable del Teatro Colón  


Atención: el domingo 12 a las 17 habrá más festejos del Día del Niño en la sede de nuestra organización gremial (Av. Pedro Goyena 1562): espectáculos, regalos y sorteos

Importante: asistir con entradas, que serán provistas por los delegados de cada repartición


miércoles, 25 de julio de 2012

BASTA DE ATROPELLOS EN EL MINISTERIO DE CULTURA

Informamos a todas las compañeras y compañeros que comenzó a sesionar la Comisión Subparitaria de Cultura, en la que participaron de la Comisión Paritaria Central los compañeros Genaro Trovato, Patricio Datarmini y Enrique Pistoletti de SUTECBA, y los señores José MAría Ohrlanián, Jorge Rey y Francisco Barata por el Ejecutivo porteño.


En este encuentro se puso de manifiesto la problemática de Cultura y Turismo.


El Centro Cultural San Martín manofesto la intención, por parte de la Dirección General, de terciarizar el sector limpieza, a lo que nos oponemos enérgicamente y entendemos que es fundamental el ingreso de personal en vez de terciarizar.


1. Falta de personal en todas las áreas de Cultura (debido al pland e retiros y jubilaciones que se vienen llevando a cabo)


2. Eliminación de contratos basura y elaboración de una planta transitoria.


3. Corrimientos en los sectores escenotécnicos (blanqueo de funciones)   


4. Esquiparación salarial para todo el personal con el nivel del Teatro Colón


5. Estructuras para todas las áreas de Cultura


6. Anfiteatro Parque Centenario: mantenimiento y falta de insumos


COMISION DE CULTURA

CARLOS TABOADA  -  CARLOS GUARINACI  - 

CARLOS MELO  -  ALEJANDRO DIAZ  -

MARIA C. DE SALTERANIAN  -  ETELVINA GIL  -
 
PEPE DE ROSA

martes, 10 de julio de 2012

VACACIONES DE INVIERNO EN EL HOTEL EVA PERÓN DE SAN CLEMENTE


 Exclusivo para afiliados de SUTECBA

- 40 habitaciones completamente nuevas
- Comedor
- Pileta climatizada
- Quincho
- Parrillas
- Juegos para niños
- Animación y coordinación permanente para niños y adultos
- Convenios con Mundo Marino y Termas
- Régimen de Pensión Completa (desayuno-buffet-almuerzo-cena)
- Bicicletas sin cargo para paseos
- Servicio de bar en pileta y lobby

Mayores, $150
Menores hasta 12 años, $75
Menores hasta 4 años, sin cargo

Informes: AMUTECBA
Av. Córdoba 991, 3º piso, depto D
Lunes a viernes 12 a 17 hs
5272-0533
amutecba@hotmail.com





martes, 3 de julio de 2012

TERMINALIDAD ESCOLAR PRIMARIA Y SECUNDARIA, EN EL INSTITUO SUPERIOR DE LA CARRERA



Los compañeros que no terminaron sus estudios primarios o secundarios ahora tiene la oportunidad de hacerlo gracias a las posibilidades y facilidades que ofrece el Instituto Superior de la Carrera.

Los interesados deberán dirigirse a Hipólito Yrigoyen 571, 2º piso (CABA) del 6 al 24 de agosto, de 11 a 17 hs. Quienes necesiten completar la escuela primaria, rendirán una evaluación para determinar a partir de qué nivel retomarán los estudios. En el caso de aquellos que deseen terminar los estudios secundarios, se solicitará el certificado analítico del último año cursado.

Más información, personalmente en la dirección y fechas que se detallan más arriba, o en los teléfonos 4331-2848 / 4345-1168, e-mail isc@buenosaires.gob.ar

sábado, 12 de mayo de 2012

PLENARIO DE CONGRESALES 2012

Días atrás tuvo lugar, en el Salón Auditorio de la sede central de SUTECBA, una Asamblea convocada por el Consejo Directivo de nuestra organización sindical, encabezado por los compañeros secretario general Amadeo Genta, el secretario general adjunto Patricio Datarmini, y nuestro compañero paritario y secretario de finanzas Genaro Trovato, a la que asistieron los compañeros Delegados Congresales representantes de las distintas áreas de trabajo del Gobierno de la Ciudad.


La palabra del compañero Amadeo Genta

domingo, 8 de abril de 2012

FELICES PASCUAS!


Es el deseo de la Delegación Gremial de Museos
Agrupación Azul y Blanca - Zona Centro
Sutecba

jueves, 22 de marzo de 2012

DECRETO 139/12 GCBA - CREACIÓN DEL RÉGIMEN DE RETIRO VOLUNTARIO

DECRETO N.° 139/12
Buenos Aires, 13 de marzo de 2012

VISTO:
La Ley Nº 471, el Expediente Nº 1.644.526/11, y

CONSIDERANDO:
Que el artículo 59, inciso d) de la Ley Nº 471 prevé entre las causales de extinción de la relación de empleo público, el retiro voluntario o jubilación anticipada en los casos que el Poder Ejecutivo decida establecerlos y reglamentarlos;
Que en virtud de la citada normativa y en el marco de las políticas de gestión y
administración de los recursos humanos del Gobierno de la Ciudad resulta propicio la creación de un régimen de retiro voluntario, que permita contemplar diversas situaciones que se presentan;
Que el mentado régimen facilita el retiro anticipado de los trabajadores que se
encuentren próximos a cumplir con los requisitos de edad y años de servicios para jubilarse, contemplando asimismo supuestos en los cuales se encuentre pendiente el cumplimiento de otro requisito para estar en condiciones de obtener el beneficio jubilatorio;
Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención que le compete;
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA

Artículo 1°.- Créase un régimen de retiro voluntario el cual contempla la percepción de un incentivo no remunerativo, para aquellos trabajadores del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires que reúnan las condiciones establecidas en el presente Decreto.

Artículo 2°.- Quedan incluidos en el presente régimen, todos aquellos trabajadores que revisten en planta permanente comprendidos en la Ley N° 471, que a la fecha de la vigencia del presente Decreto, conforme lo establezca la autoridad de aplicación, reúnan alguna de las condiciones siguientes, previa adhesión expresa por ante la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos o instancia que ésta determine:

a) Agentes varones desde los 60 años de edad y mujeres desde los 55 años de edad, hasta los 65 años de edad y con 20 o más años de servicios.

b) Agentes que cuenten con los requisitos de edad y años de servicios, conforme a algún régimen laboral especial en razón del lugar o de la tarea que desempeñan, vigente para los empleados de esta Administración.

c) Agentes de 65 o más años de edad que no cuenten con los años de servicios
necesarios para obtener su jubilación.

Artículo 3°.- Quedan excluidos del presente régimen todas aquellas personas que, en virtud de regímenes especiales de jubilación pudiesen obtener un haber jubilatorio equivalente al 82% o más de su último salario y los agentes comprendidos en plantas consideradas críticas que se establezca por reglamentación.

Artículo 4°.- No podrán acceder al incentivo:

a) Aquellos agentes a los que en un sumario administrativo se les hubieren formulado cargos disciplinarios por una causal que eventualmente amerite una sanción expulsiva y mientras no hubiera concluido aquél con una decisión absolutoria.

b) Quienes hubieren iniciado reclamos administrativos, o demandas judiciales contra cualquiera de los Poderes de la Ciudad de Buenos Aires, o sus entes descentralizados o desconcentrados o demás organismos en los que el Estado de la Ciudad sea parte, con motivo de su relación laboral. Exceptúense las cuestiones regidas por la ley Nº 24.557 de Riesgos del Trabajo.

c) Quienes se encontraren procesados por delitos en perjuicio de la administración pública, excepto que en dicho proceso recaiga pronunciamiento judicial absolutorio firme y definitivo.

d) Quienes hubieran presentado su renuncia, aun cuando ésta estuviera pendiente del acto formal de aceptación.

e) Quienes tengan otorgado un beneficio previsional con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia del presente, inclusive si éste fuera parcial, con excepción de quienes tengan otorgada una pensión por fallecimiento del cónyuge.

f) Quienes se encuentren adheridos a cualquier otro incentivo o gratificación dispuesto por esta Administración con anterioridad al presente.

Artículo 5°.- El incentivo establecido en el artículo 1º del presente consistirá en una suma no remunerativa equivalente a la remuneración neta mensual, normal y habitual que perciba el agente al momento de su baja, pagadera en cuotas iguales, mensuales y consecutivas, por un plazo máximo de hasta 60 meses, las que se pagarán en la oportunidad en que se haga efectivo el pago de los haberes del personal en actividad.

Artículo 6°.- Los agentes comprendidos en el artículo 2° incisos a) y b) que reúnan los requisitos para obtener su jubilación, para tener derecho a percibir el incentivo aquí establecido, deberán iniciar el tramite previsional dentro de los 60 días corridos contados desde su adhesión al presente, y concluirlo para continuar percibiendo la gratificación.

Artículo 7°.- Las agentes comprendidas en el artículo 2° inciso a) que tengan la edad pero no los años de servicios para jubilarse, para tener derecho a percibir el incentivo aquí establecido, deberán iniciar el trámite jubilatorio dentro de los 60 días corridos contados desde su adhesión al presente, y concluirlo para continuar percibiendo el incentivo, completando para ello la cantidad mínima de años de servicios faltantes a los efectos de obtener su jubilación, mediante la regularización y denuncia de servicios como trabajador autónomo conforme lo establecido por la ley Nacional 24.476. Esta Administración se hará cargo de la deuda que surja de la citada regularización.

Artículo 8º.- Los agentes contemplados en el artículo 2º inciso c) deberán completar los años de servicios faltantes para obtener su jubilación mediante el régimen de regularización de servicios autónomos mencionado en el artículo 7º teniendo derecho a la percepción del incentivo en los términos del presente acto administrativo, por el plazo de 24 meses, siempre que iniciaran el trámite jubilatorio y concluyesen el mismo para tener derecho a continuar percibiendo el incentivo.

Artículo 9º.- Los agentes que alcanzaran el requisito de edad para obtener el beneficio jubilatorio durante la percepción del incentivo, necesariamente deberán iniciar el trámite jubilatorio en el plazo de 30 días corridos desde que reúna el referido requisito, y concluir dicho trámite para continuar con la percepción del incentivo aquí establecido. En el caso que no reúnan los años de servicios necesarios para obtener el beneficio previsional, deberán completar los mismos conforme a la regularización mencionada en el artículo 7º, haciéndose cargo esta Administración de la deuda que surja de la mencionada regularización.

Artículo 10.- Una vez otorgada la jubilación, el monto del incentivo se reducirá a la diferencia respecto del haber jubilatorio obtenido, de manera de alcanzar la misma suma establecida en el artículo 5º del presente acto administrativo. En el caso que el haber jubilatorio supere el monto total del incentivo, no tendrá derecho a continuar percibiendo el mismo

Artículo 11.- Los agentes incorporados al presente régimen que alcancen los 65 años de edad continuarán percibiendo el incentivo por un plazo máximo de hasta 24 meses, siempre que no se supere el plazo máximo de 60 cuotas establecidas en el artículo 5º de este acto.

Artículo 12.- En caso de que el agente no adhiriera al presente durante los 90 días corridos posteriores a la fecha en que adquirió el derecho para hacerlo y lo hiciera más adelante, los plazos de percepción del incentivo establecidos en el artículo 5º del presente, comenzará a computarse desde el momento en que estuvo en condiciones de hacerlo, perdiendo el derecho a la percepción del incentivo que se hubiese generado por el período desde el cual pudo haberse adherido y no lo hizo.

Artículo 13.- La suma resultante de la aplicación de los artículos 5 y 10, se actualizará conforme a los aumentos salariales generales que se otorguen al personal en actividad, en atención al escalafón en que revista al momento de su baja.

Artículo 14.- Mientras el agente no accediera a la jubilación, esta Administración arbitrara los medios necesarios a los efectos que quienes optaren por el presente régimen continúen con la cobertura de la Obra Social conforme se determine por vía reglamentaria.

Artículo 15.- El incentivo aquí establecido comenzará a percibirse al tiempo de
producirse la baja del agente.

Artículo 16.- El personal que se desvinculare de la administración como consecuencia del presente Decreto no podrá volver a ser incorporado, bajo ninguna modalidad en los órganos dependientes del Poder Ejecutivo.

Artículo 17.- El Ministerio de Modernización, será la autoridad de aplicación del presente régimen, delegándosele la facultad de dictar las normas reglamentarias para su efectiva vigencia, las normas aclaratorias, interpretativas y complementarias que fueran necesarias para su aplicación en cada ámbito de la Administración.

Artículo 18.- El Ministerio de Modernización evaluará el ámbito, oportunidad y conveniencia de su aplicación a determinadas plantas de personal que considerara críticas, o que puedan afectar el normal funcionamiento de algún organismo, pudiendo rechazar la solicitud de adhesión al presente régimen, cuando existan razones de servicio o causales de naturaleza disciplinaria u otras que hagan aconsejable adoptar tal temperamento.

Artículo 19.- El Ministerio de Hacienda, por intermedio de la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas presupuestarias pertinentes a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente

Artículo 20.- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de
Modernización y de Hacienda y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 21.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a los Ministerios de Modernización y de Hacienda. Cumplido, archívese. MACRI – Ibarra – Grindetti - Rodríguez Larreta

miércoles, 14 de marzo de 2012

VOLVER A EMPEZAR

El martes 13 de marzo se reanudaron la reuniones de dirigentes, delegados y activistas de Zona Centro de la Agrupación Azul y Blanca de SUTECBA. En este primer encuentro del año, contamos con la presencia en la Mesa de Conducción de nuestro paritario y Secretario de Finanzas, Genaro Trovato, nuestro querido "Tano".








miércoles, 22 de febrero de 2012

ACERCA DE LA CALIFICACIÓN ANUAL DE LOS COMPAÑEROS TRABAJADORES DE MUSEOS

El Cuerpo de Delegados de los Museos dependientes del GCBA no acepta ninguna orden verbal emanada de la Dirección General de Museos que apunte a “limitar” la calificación anual del personal que presta servicio en los distintos espacios de esa dependencia.
 
Solicitamos, a quienes deban evaluar el desempeño de los compañeros, que cumplan con la norma vigente, la cual establece calificar en el rango de 1 a 5 puntos. Asimismo,  afirmamos que son los evaluadores quienes conocen el desempeño del personal a su cargo.
 
Queremos dejar en claro, una vez más, que este Cuerpo de Delegados respaldará a todos los compañeros evaluadores que se ajusten a lo que dispone la norma y que repudiamos cualquier intento coercitivo y arbitrario, por parte de los funcionarios de turno, tendiente a perjudicar injustamente la carrera de los trabajadores municipales.

          
Cuerpo de Delegados Museos de SUTECBA
Agrupación Azul y Blanca
Zona Centro

martes, 24 de enero de 2012

SOLICITADA DE SUTECBA

Ante las distintas versiones que circulan respecto del cobro actualizado de asignaciones familiares, anticipo  de paritarias y blanqueo de aumento 2011, SUTECBA emitió esta solicita en Diario Crónica aclarando esos y otros puntos relativos al tema salarial.

lunes, 2 de enero de 2012

RECORDANDO A LUIS PERLOTTI - SEGUNDA PARTE

En septiembre pasado publicamos un video recordatorio del escultor Luis Perlotti como docente de la escuela industrial Otto Krausse y adjuntamos un documento en formato pdf que aportaba más detalles e informacion sobre el tema (columna de la izquierda, abajo). La compañera Marcela Gómez, delegada gremial del Museo Perlotti, no acerca la segunda parte de ese documento, que consiste en la transcripción del encuentro con ex alumnos del maestro Perlotti.

Cabe destacar que el conjunto de este trabajo contó con la investigación, realización y diseño multimedia de  Marcela Gómez, la Lic. Jezabel Manríquez y de Julia Ferrari.



Para leerlo, click ACÁ